Publicado el: 01 diciembre 2011

SICOSS: Nueva versión del aplicativo para la presentación de noviembre

La AFIP aprobó el nuevo programa aplicativo de Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS). Versión 35 para el cálculo de Aportes y contribuciones. Será obligatorio para las declaraciones juradas correspondientes al mes devengado de noviembre de 2011.

Mediante la resolución general 3224/11, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aprobó la versión 35 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”.

Descargar aplicativo

Entre las modificaciones realizadas, la nueva versión del SICOSS, modifica las tablas “Códigos de Actividad” y se destacan las siguientes funcionalidades:

- Se elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares correspondientes a “licencia por maternidad” o “maternidad Down”.
- Habilita a los nuevos productores que suscribieron convenios de corresponsabilidad gremial, a efectos de que puedan declarar a los trabajadores comprendidos en estos.
- Asigna los códigos de actividad 109 y 110 para identificar a los trabajadores comprendidos en las resoluciones (MTESS) 268 y 824/2009 -Régimen Diferencial para Luz y Fuerza-, que prestan servicios en dependencias de las Provincias que hayan transferido sus sistemas previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Dichos trabajadores están alcanzados por un aporte personal adicional, cuya alícuota se consignará en el campo “Aporte Adicional”, existente a nivel de nómina.
- Efectúa validaciones sobre los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y de contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.
- Incorpora nuevos códigos en la tabla correspondiente a obras sociales.

Vigencia
La vigencia del nuevo aplicativo será a partir del 1/12/2011, inclusive, y serán de aplicación para la generación de declaraciones juradas (F. 931)correspondientes al mes devengado de noviembre de 2011 y a los siguientes.

La obligación de utilización de la nueva versión del programa aplicativo comprende también las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores a noviembre de 2011 que se efectúen a partir de la vigencia de la presente.

Excepciones
No obstante, excepto en el caso de los empleadores que encuadren en las situaciones que se explicitan a continuación, el resto de los empleadores podrán continuar utilizando la versión 34 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” hasta el 31/12/2011:

- Empleadores que hayan celebrado convenios de corresponsabilidad gremial que cuenten con la pertinente resolución de la Autoridad de Aplicación.

- Provincias adheridas al SIPA que tengan personal comprendido en las resoluciones (MTESS) 268 y 824/2009.

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