Publicado el: 16 enero 2012

Monotributistas: Vencimientos Enero 2012. Pago, Recategorización y Declaración Informativa

El viernes 20 de enero vence el plazo para realizar el pago del monotributo y la recategorización cuatrimestral, complementariamente los contribuyentes de las categorías más altas deberán presentar la Declaración Jurada informativa a partir del 25 de enero.

Además de la obligación del pago mensual, los contribuyentes adheridos al régimen simplificado del monotributo deberán realizar este mes la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa

Pago mensual
Como todos los días 20 de cada mes, todos los contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado del monotributo, deberán pagar el próximo viernes 20 de enero el pago mensual del régimen.

Recategorización
El mismo día 20, además del pago mensual, los monotributistas deberán presentar la Recategorización Cuatrimestral. La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse.

Cabe destacar que el contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.

El trámite se realiza a través de la página web utilizando su clave fiscal ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”

Declaración jurada informativa cuatrimestral
Complementariamente, deberán presentar la declaración jurada informativa cuatrimestral referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior los sujetos monotributistas que:

a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores

La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”

 

 Terminacion de CUIT
 Vencimiento
0 ó 1
25/01/2012
2 ó 3
26/01/2012
4 ó 5
27/01/2012
6 ó 7
30/01/2012
8 ó 9
31/01/2012

Si un monotributista dejara de cumplir con las condiciones por las que resulta obligado a presentar la declaración jurada informativa cuatrimestral (las indicadas en el párrafo precedente), deberá seguir presentando igualmente la declaración cuatrimestral por los 6 cuatrimestres siguientes al de la última declaración presentada

¿Qué información comprende esta declaración jurada?
Los contribuyentes obligados a esta presentación deberán proporcionar, a partir del primer cuatrimestre del año 2010 y para cada cuatrimestre calendario, datos relacionados con las operaciones realizadas, principales clientes y proveedores, datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local/establecimiento en el que se desarrolla la actividad, entre otros.

Procedimiento para remitir la información:
1- Ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”
2- Seleccionar la opción “Declaración de Monotributo Informativa”
3- Completar la información requerida por el sistema
4- Aceptar el envío de la información
5- De resultar aceptada la transmisión, el sistema emitirá una constancia de la presentación efectuada.

Comentario


− 3 = cinco

Si no está de acuerdo no use ni acceda a nuestros servicios: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento sera eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptacion del Reglamento

Real Time Analytics