Publicado el: 22 agosto 2012

AGIP realizó un instructivo ante intimaciones de ARBA por la radicación de vehículos

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Hace unos días ARBA envió intimaciones a los contribuyentes para radicar autos en Provincia de Buenos Aires ignorando los conceptos que contempla el código fiscal de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por esto desde AGIP realizaron un instructivo de descargo.

Si un contribuyente tiene domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, y su vehìculo posee guarda habitual o estacionamiento en la misma, ésta debe ser la jurisdicción donde el mismo se encuentre radicado.
Con solo cumplir uno de los requisitos el vehículo estará correctamente inscripto, aunque tenga alguna propiedad en otra localidad.
Además, el Régimen Jurídico del Automotor (t.o. Decreto Ley 6582/58, sus ratificaciones y modificatorias) es taxativo en su artículo 11, que aplica en todos los Registros de la Propiedad del Automotor, en cuanto a que “el automotor tendrá como lugar de radicación, para todos sus efectos, el domicilio del titular del dominio o el de su guarda habitual”.
Es por esto que desde AGIP comunican mediante su web (www.agip.gov.ar) que si un contribuyente se encuentra en estas condiciones y recibió una carta que lo intima a radicar su vehículo en la Provincia de Buenos Aires amenazando con multas elevadas, crearon una ventanilla en la que se explica como realizar el correspondiente descargo
Instructivo para realizar el descargo:
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