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	<title>En Notas</title>
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	<description>Noticias Profesionales para Profesionales</description>
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		<title>&#8220;Devaluar sería más recesión, más inflación y más deuda&#8221;, afirmó Lorenzino</title>
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		<pubDate>Sun, 19 May 2013 16:42:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Al advertirles a &#8220;los economistas del Pro que cuando piden un 40% de devaluación, piden más recesión, más inflación y más deuda&#8221;, el funcionario dijo en una entrevista con El Diario de Cuyo, publicada ayer, que desde el kirchnerismo &#8220;hemos transitado esta década administrando el tipo de cambio en pos del bienestar de los argentinos [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/economia/32668-devaluar-seria-mas-recesion-mas-inflacion-y-mas-deuda-afirmo-lorenzino/">&#8220;Devaluar sería más recesión, más inflación y más deuda&#8221;, afirmó Lorenzino</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>Al advertirles a &#8220;los economistas del Pro que cuando piden un 40% de devaluación, piden más recesión, más inflación y más deuda&#8221;, el funcionario dijo en una entrevista con El Diario de Cuyo, publicada ayer, que desde el kirchnerismo &#8220;hemos transitado esta década administrando el tipo de cambio en pos del bienestar de los argentinos y lo vamos a seguir haciendo&#8221;.</h2>
<p>Lorenzino destacó además un crédito del BID que llevó el viernes a San Juan como &#8220;el préstamo multilateral más grande en los últimos 10 años y eso va en línea con lo que decía de seguir trabajando en un contexto internacional complejo&#8221;.</p>
<p>&#8220;Tenemos un país que claramente ha crecido menos de lo que lo venía haciendo el año pasado, pero que ya empieza a dar muestras este año de empezar a revertir esa tendencia&#8221;, apuntó y aclaró que &#8220;estamos todos los días tomando decisiones y generando condiciones para que en definitiva este año termine mejor que el año pasado&#8221;.</p>
<p>Cuando se le preguntó si tiene sentido continuar con el cepo cambiario, Lorenzino dijo que &#8220;una de las políticas centrales de nuestro modelo ha sido el tipo de cambio, aún frente a todos los que buscan que nos desviemos y tomemos medidas drásticas que generen impacto en el poder adquisitivo de los trabajadores&#8221;.</p>
<p>Y, respecto de la situación de las economías regionales que reclaman equilibrio con el tipo de cambio porque les falta competitividad, sostuvo que &#8220;tenemos que pensar en una economía global que no está tomando nuestros productos, salvo los commodities que tienen un mercado muy importante y buenos precios en el mercado internacional&#8221;.</p>
<p>&#8220;Hay otros productos que tradicionalmente se ingresaban a economías como la europea y sé que hay muchos productos sanjuaninos que tenían esos destinos o Estados Unidos, hoy están sufriendo por países en recesión que no compran esos productos&#8221;.</p>
<p>Ante ello, pidió no &#8220;perder el bosque mirando el árbol, sino pensar que las condiciones de nuestra economía tienen que ser para el conjunto de los argentinos, no para un sector&#8221;.</p>
<p>&#8220;Todos los días, el Gobierno toma decisiones que tienen que ver con el bienestar de la población y el poder adquisitivo de los trabajadores&#8221;, acotó y señaló que &#8220;el gobierno trabaja en el congelamiento de precios a través de la Secretaría de Comercio Interior&#8221; e &#8220;interviene activamente en la discusión entre trabajadores y empleadores en las paritarias&#8221;.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/economia/32668-devaluar-seria-mas-recesion-mas-inflacion-y-mas-deuda-afirmo-lorenzino/">&#8220;Devaluar sería más recesión, más inflación y más deuda&#8221;, afirmó Lorenzino</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>AFIP estableció un nuevo valor criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de fibras artificiales discontinuas</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 17:25:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AFIP]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un nuevo valor criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de fibras artificiales discontinuas. La medida busca enfrentar la evasión fiscal, combatir la subfacturación y proteger tanto la industria nacional como los puestos de trabajo. A través de la Resolución General 3498, publicada hoy en el [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/afip/32657-afip-establecio-un-nuevo-valor-criterio-de-importacion-de-caracter-preventivo-para-tejidos-de-fibras-artificiales-discontinuas/">AFIP estableció un nuevo valor criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de fibras artificiales discontinuas</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un nuevo valor criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de fibras artificiales discontinuas.</h2>
<p>La medida busca enfrentar la evasión fiscal, combatir la subfacturación y proteger tanto la industria nacional como los puestos de trabajo.</p>
<p>A través de la Resolución General 3498, publicada hoy en el Boletín Oficial, se fijó un valor FOB de U$S 3,90 por kilogramo para los tejidos de fibras artificiales discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85 % en peso, teñidos.</p>
<p><strong>Países de origen de las mercaderías</strong></p>
<p>Los países de origen comprendidos en estas medidas son Corea Democrática; Corea Republicana; China; Filipinas; Hong Kong; India; Indonesia; Malasia; Pakistán; Singapur; Taiwán; Thailandia; y Vietnam.</p>
<p>La decisión se tomó como resultado de la evaluación de riesgos realizada, en base a un estudio referido al valor de la mercadería.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/afip/32657-afip-establecio-un-nuevo-valor-criterio-de-importacion-de-caracter-preventivo-para-tejidos-de-fibras-artificiales-discontinuas/">AFIP estableció un nuevo valor criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de fibras artificiales discontinuas</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>AFIP fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 17:22:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AFIP]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster que contengan 85% o menos de estas fibras en su peso. La medida se dispuso con el fin de proteger tanto la industria nacional como la renta aduanera ante posibles maniobras de subvaloración de [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/afip/32654-afip-fijo-nuevos-valores-criterio-para-la-importacion-de-tejidos-de-fibras-discontinuas-de-poliester/">AFIP fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster que contengan 85% o menos de estas fibras en su peso.</h2>
<p>La medida se dispuso con el fin de proteger tanto la industria nacional como la renta aduanera ante posibles maniobras de subvaloración de estos productos.</p>
<p>A través de la <a href="http://ennotas.com/normativa/32606-rg-3497-afip-importaciones-valores-criterio-de-caracter-preventivo/" target="_blank">Resolución General N° 3.497</a>, el organismo modificó los valores criterio para la importación de 36 tipos de tejidos distintos, que tienen como rasgo común ser de poliéster y poseer menos de un 85% de este material en su confección.</p>
<p>Los precios a tener en cuenta estipulados por la AFIP varían desde los 3,83 dólares (FOB) hasta los 8,47 dólares (FOB) por kilogramo. Las diferencias intermedias se deben a la calidad de los tejidos y a la cantidad de hilos por centímetro cuadrado, entre otros parámetros.</p>
<p>Estos valores se aplicarán a las importaciones provenientes de los países del grupo 4, a saber: Corea, China, Filipinas, Hong Kong, India, Malasia, Indonesia, Pakistán, Singapur, Taiwán, Thailandia y Vietnam.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/afip/32654-afip-fijo-nuevos-valores-criterio-para-la-importacion-de-tejidos-de-fibras-discontinuas-de-poliester/">AFIP fijó nuevos valores criterio para la importación de tejidos de fibras discontinuas de poliéster</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>Gendarmería: Aprueban adicional para custodiar estaciones de trenes</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 17:10:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral Previsional]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Se aprobó el convenio de prestación de servicios de policía adicional con Gendarmería Nacional, suscripto entre el Ministerio del Interior y Transporte y Gendarmería, dependiente del Ministerio de Seguridad, cuyo fin es la seguridad pública, la prevención y represión de los delitos. Por Decisión Administrativa 214/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, se aprobó el [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/laboral-previsional/laboral/32649-gendarmeria-aprueban-adicional-para-custodiar-estaciones-de-trenes/">Gendarmería: Aprueban adicional para custodiar estaciones de trenes</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2 id="copete_amp">Se aprobó el convenio de prestación de servicios de policía adicional con Gendarmería Nacional, suscripto entre el Ministerio del Interior y Transporte y Gendarmería, dependiente del Ministerio de Seguridad, cuyo fin es la seguridad pública, la prevención y represión de los delitos.</h2>
<div id="cuerpo_amp">
<p>Por <a href="http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle?s=01&amp;idAviso=4441661&amp;IdRubro=77&amp;f=20130517" target="_blank">Decisión Administrativa 214/2013</a> publicada hoy en el Boletín Oficial, se aprobó el  “Convenio de Prestación de Servicios de Policía Adicional con Gendarmería Nacional Argentina”, suscripto el 27 de marzo de 2013 entre el Ministerio del Interior y Transporte y la Gendarmería Nacional,  dependiente del Ministerio de Seguridad.</p>
<p>En los considerandos expresa que dicho convenio se suscribió para la prestación de un servicio adicional de seguridad estática a desarrollarse en la órbita del servicio público ferroviario de las estaciones de las Líneas Belgrano Sur, Urquiza, Sarmiento, Mitre y sus alrededores, cuyo fin es la seguridad pública y la prevención y represión de los delitos, dentro de las disponibilidades de la Gendarmería Nacional, con medios y personal en franco de servicio, para el período abril a diciembre del año en curso.</p>
<p>Menciona luego que por Reglamentación propia de la Gendarmería Nacional, (Disposición DNG Nº 261/13), se dispuso establecer la escala de aranceles de “Servicios de Prestaciones Adicionales”, siendo el valor del módulo de cuatro horas por cada hombre afectado al mismo de $ 207,00.</p>
<p>Agrega que se han afectado las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio del Interior y Transporte que solventarán las erogaciones que demande la prestación del servicio.</p>
<p><strong>ANEXOS:</strong> <a href="http://www.boletinoficial.gov.ar/Displaypdf.aspx?s=A&amp;tid=4441661&amp;i=1" target="_blank">Click Aquí</a></p>
</div>
<p><a href="http://ennotas.com/laboral-previsional/laboral/32649-gendarmeria-aprueban-adicional-para-custodiar-estaciones-de-trenes/">Gendarmería: Aprueban adicional para custodiar estaciones de trenes</a></p>]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual rechazó el DNU de Macri</title>
		<link>http://ennotas.com/agip/32645-el-consejo-federal-de-comunicacion-audiovisual-rechazo-el-dnu-de-macri/</link>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 16:59:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AGIP]]></category>
		<category><![CDATA[Afsca]]></category>
		<category><![CDATA[DNU]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Un comunicado enviado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual rechazó el DNU del jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, porque desconoce la ley de servicios de comunicación audiovisual y la estructura jurídica argentina. “Ante la firma del DNU de Mauricio [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/agip/32645-el-consejo-federal-de-comunicacion-audiovisual-rechazo-el-dnu-de-macri/">El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual rechazó el DNU de Macri</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>Un comunicado enviado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual rechazó el <a href="http://ennotas.com/agip/32636-trataram-en-comision-el-dnu-de-macri-sobre-libertad-de-expresion/" target="_blank">DNU</a> del jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, porque desconoce la ley de servicios de comunicación audiovisual y la estructura jurídica argentina.</h2>
<p>“Ante la firma del DNU de Mauricio Macri, representantes de las provincias de Catamarca, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Tierra del Fuego, Tucumán y de sectores sindicales, universitarios, de organizaciones sin fines de lucro vinculados a la comunicación audiovisual, AADI, AATECO, AATRAC, ARMICOBO, ARUNA, CFTVP, COOPERAR, FARCO, AMARC, SPR, nucleados en el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca), expresaron su preocupación y repudio a la medida del ejecutivo porteño, que no solo desconoce la estructura legal de la República Argentina, establecida en la Constitución Nacional, sino que también contradice el espíritu democratizador de la Ley Federal de Comunicación Audiovisual”, indica el comunicado.</p>
<p>Los miembros del Cofeca señalaron que, “con esta medida, el jefe de Gobierno porteño ofende una vez más las instituciones democráticas, al pretender sobrepasar los límites de sus competencias y omitir leyes nacionales de la democracia”.</p>
<p>Al respecto, manifestaron que “la libertad de expresión y de imprenta están debidamente garantizadas por la legislación nacional vigente. La verdadera finalidad del DNU es brindar un marco de impunidad a los medios concentrados de comunicación, en franca contradicción con el espíritu y la letra de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual emanada del Congreso Nacional, fruto de un profundo debate democrático”.</p>
<p>Los consejeros recordaron que “el Cofeca es el ámbito de participación de las provincias y jurisdicciones en la política de regulación de los servicios de comunicación audiovisual. Al respecto señalaron que a pesar de que el Consejo fue creado en el año 2009, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) no participa de dicho órgano porque el Jefe de Gobierno porteño aún no propuso un representante, ignorando la Ley N°26.522 y desoyendo una declaración de la propia Legislatura de la CABA, de noviembre del año pasado, en la cual solicitaba su pronta incorporación”.</p>
<p>En tal sentido, agregaron que Mauricio Macri insiste en ignorar la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, primero negándose a participar en el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, y ahora con esta medida de extrema gravedad institucional, que intenta dejar sin efecto en su jurisdicción una ley federal y democrática, en contradicción con la Constitución Nacional en su artículo 42 -en lo referido a la defensa de la competencia y el control de los monopolios-; y en su artículo 31, que establece la preminencia de las normas nacionales sobre las de las restantes jurisdicciones locales.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/agip/32645-el-consejo-federal-de-comunicacion-audiovisual-rechazo-el-dnu-de-macri/">El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual rechazó el DNU de Macri</a></p>]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>RESOLUCIÓN 584/DGR/2013 Se establece nueva fecha de vencimiento para contribuyentes adheridos al pago mediante débito del Impuesto Inmobiliario</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 16:03:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Normativa]]></category>
		<category><![CDATA[Normativa AGIP]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>RESOLUCIÓN N° 584/DGR/2013 Buenos Aires, 10 de Mayo de 2013 VISTO: LA RESOLUCIÓN Nº 1670/MHGC/2012 (BOCBA Nº 4051), Y CONSIDERANDO: Que a través de la referida norma se establecieron las fechas de vencimiento de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, correspondientes al ejercicio fiscal del corriente año; Que el [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/normativa/32642-resolucion-584dgr2013-se-establece-nueva-fecha-de-vencimiento-para-contribuyentes-adheridos-al-pago-mediante-debito-del-impuesto-inmobiliario/">RESOLUCIÓN 584/DGR/2013 Se establece nueva fecha de vencimiento para contribuyentes adheridos al pago mediante débito del Impuesto Inmobiliario</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2 style="text-align: center;">RESOLUCIÓN N° 584/DGR/2013</h2>
<p style="text-align: right;">Buenos Aires, 10 de Mayo de 2013</p>
<p>VISTO:</p>
<p>LA RESOLUCIÓN Nº 1670/MHGC/2012 (BOCBA Nº 4051), Y</p>
<p>CONSIDERANDO:</p>
<p>Que a través de la referida norma se establecieron las fechas de vencimiento de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, correspondientes al ejercicio fiscal del corriente año;</p>
<p>Que el temporal acaecido en esta Ciudad el pasado día 02 de Abril ha generado inundaciones derivadas de las intensas precipitaciones registradas en determinados sectores de la misma, viéndose afectados los servicios públicos básicos de electricidad y gas, entre otros;</p>
<p>Que es intención de esta Administración contemplar la situación de aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que hubieran sido afectados por dicho fenómeno;</p>
<p>Que tal circunstancia ha generado dificultades en el cumplimiento de las obligaciones tributarias administradas por este organismo;</p>
<p>Que como consecuencia de dichas dificultades y entre las distintas acciones que se encuentran en ejecución para paliar los inconvenientes operativos resulta aconsejable diferir el vencimiento de la Cuota 05 del Impuesto Inmobiliario para los contribuyentes adheridos al sistema de pago mediante débito directo;</p>
<p>Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones.</p>
<p>Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 28 de la Resolución Nº 1670/MHGC/2012,</p>
<p>EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS</p>
<p>RESUELVE</p>
<p>Artículo 1.- Establécese como nueva fecha de vencimiento el día 21 de mayo de 2013 para aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que estuvieran adheridos al sistema de pago mediante débito directo.</p>
<p>Artículo 2.- La presente Resolución rige desde el día de su publicación.</p>
<p>Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. <strong>Tujsnaider</strong></p>
<p><a href="http://ennotas.com/normativa/32642-resolucion-584dgr2013-se-establece-nueva-fecha-de-vencimiento-para-contribuyentes-adheridos-al-pago-mediante-debito-del-impuesto-inmobiliario/">RESOLUCIÓN 584/DGR/2013 Se establece nueva fecha de vencimiento para contribuyentes adheridos al pago mediante débito del Impuesto Inmobiliario</a></p>]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Tratarán en Comisión el DNU de Macri sobre &#8220;Libertad de Expresión&#8221;</title>
		<link>http://ennotas.com/agip/32636-trataram-en-comision-el-dnu-de-macri-sobre-libertad-de-expresion/</link>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 15:54:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>La Comisión de Asuntos Constitucionales tiene previsto reunirse el lunes 20 de mayo a las 15:00 en el Salón Montevideo para debatir sobre de la constitucionalidad del DNU Nº 2, de creación del Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión. El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2 mediante el cual se aprueba el [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/agip/32636-trataram-en-comision-el-dnu-de-macri-sobre-libertad-de-expresion/">Tratarán en Comisión el DNU de Macri sobre &#8220;Libertad de Expresión&#8221;</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>La Comisión de Asuntos Constitucionales tiene previsto reunirse el lunes 20 de mayo a las 15:00 en el Salón Montevideo para debatir sobre de la constitucionalidad del DNU Nº 2, de creación del Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión.</h2>
<p>El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2 mediante el cual se aprueba el Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión en la Ciudad de Buenos Aires rubricado el martes 14 por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri y que al día siguiente tomó estado parlamentario, tiene previsto su tratamiento el lunes a partir de las 15 en el arco de una reunión de a Comisión de Asuntos Constitucionales a realizarse en el Salón Montevideo.</p>
<p>El DNU Nº 2 fue remitido al Legislativo a los fines del artículo 103 de la Constitución local que expresa textualmente: &#8220;El Poder Ejecutivo no puede, bajo pena de nulidad, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en ésta Constitución para la sanción de las leyes y no se trate de normas que regulen las materias procesal penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, el Gobernador puede dictar decretos por razones de necesidad y urgencia. Estos decretos son decididos en acuerdo general de Ministros, quienes deben refrendarlos. Son remitidos a la Legislatura para su ratificación dentro de los diez días corridos de su dictado, bajo pena de nulidad&#8221;.</p>
<p>El Jefe de Gobierno ing. Mauricio Macri, argumentó en la nota de presentación que &#8220;no hay democracia sin libertad de expresión, ni libertad de expresión sin libertad de prensa. Garantizar su ejercicio es garantizar el ejercicio de los restantes derechos y garantías constitucionales&#8221;.</p>
<p>La Comisión de asesoramiento permanente de Asuntos Constitucionales es presidida por Helio Rebot (PRO) e integrada por Juan Carlos Dante Gullo (FpV) y Julio Raffo (PSur) en calidad de vicepresidentes primero y segundo.</p>
<p>Son vocales Gabriela Cerruti (NE), Alejandro García, Daniel Lipovetzky, Oscar Moscariello, Martín Ocampo, Daniel Presti, Francisco Quintana, Bruno Screnci Silva (PRO), Aníbal Ibarra (FPP), María José Lubertino (FpV), Claudia Neira (BA20/21) y Fernando Sánchez (CC).</p>
<h5>TEXTO COMPLETO DEL DNU Nº 2/2013:</h5>
<p class="gde-text"><a href="http://www.legislatura.gov.ar/documentos/prensa/DNU2-2013.pdf" class="gde-link">Descargar (PDF, 416KB)</a></p>
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<p><a href="http://ennotas.com/agip/32636-trataram-en-comision-el-dnu-de-macri-sobre-libertad-de-expresion/">Tratarán en Comisión el DNU de Macri sobre &#8220;Libertad de Expresión&#8221;</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>El certificado de baja de un servicio deberá ser entregado cuando el consumidor lo solicite</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 15:47:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Fue modificado además el artículo 3º de la Ley 2697 de la Ciudad de Buenos Aires, que determina el deber de información por parte de los proveedores. Se estableció la obligación de que el certificado de baja, deberá ser enviado sin cargo al domicilio del consumidor o usuario dentro de las 72 horas posteriores a [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/agip/32633-el-certificado-de-baja-de-un-servicio-debera-ser-entregado-cuando-el-consumidor-lo-solicite/">El certificado de baja de un servicio deberá ser entregado cuando el consumidor lo solicite</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>Fue modificado además el artículo 3º de la Ley 2697 de la Ciudad de Buenos Aires, que determina el deber de información por parte de los proveedores.</h2>
<p>Se estableció la obligación de que el certificado de baja, deberá ser enviado sin cargo al domicilio del consumidor o usuario dentro de las 72 horas posteriores a la fecha de recepción del pedido de rescisión. Si la solicitud de cancelación del servicio se realizara en forma personal, el certificado deberá ser entregado en el mismo momento en que se efectúa el trámite correspondiente.</p>
<p>La rescisión o baja del servicio solicitada por el consumidor o usuario, interrumpe los plazos de facturación del mismo a partir de la fecha de su solicitud, y en el caso que el pago sea por adelantado, el servicio se interrumpirá cuando finalice el período abonado. Si el proveedor continuara proveyéndole servicio pese a la solicitud de rescisión o baja realizada por el usuario, no podrá facturar cargo alguno por los períodos posteriores a la misma.</p>
<p>Si a la fecha de baja, ya se hubieran facturado sumas correspondientes a períodos posteriores -aún no abonados por el usuario-  se deberá realizar la correspondiente nota de crédito automáticamente. La rescisión o baja del servicio es válida aunque el consumidor o usuario adeude sumas al proveedor, y se considera abusiva cualquier cláusula que supedite el ejercicio de la facultad de resolución contractual por parte del consumidor, a la previa cancelación de las sumas adeudadas al proveedor.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/agip/32633-el-certificado-de-baja-de-un-servicio-debera-ser-entregado-cuando-el-consumidor-lo-solicite/">El certificado de baja de un servicio deberá ser entregado cuando el consumidor lo solicite</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>Los comercios de la Ciudad deberán respetar el valor original de las mercaderías</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 15:40:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Los comercios deberán respetar el valor original de las mercaderías no perecederas en caso de que el consumidor decida realizar un cambio y entregue el ticket de cambio. Así fue dispuesto por una ley aprobada en la Sesión Ordinaria del jueves 9 de mayo, que modifica el artículo 3° de la Ley N° 3281 de [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/agip/32630-los-comercios-de-la-ciudad-deberan-respetar-el-valor-original-de-las-mercaderias/">Los comercios de la Ciudad deberán respetar el valor original de las mercaderías</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>Los comercios deberán respetar el valor original de las mercaderías no perecederas en caso de que el consumidor decida realizar un cambio y entregue el ticket de cambio.</h2>
<p>Así fue dispuesto por una ley aprobada en la Sesión Ordinaria del jueves 9 de mayo, que modifica el artículo 3° de la Ley N° 3281 de regulación de la devolución o cambio de productos en el marco de las relaciones de consumo.</p>
<p>Los cambios deberán efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas, según determina esa ley. En caso de entrega de ticket de cambio o devolución el mismo deberá hacer indirecta referencia al precio original de compra utilizando algún tipo de codificación unívoca por operación comercial.</p>
<p>En el caso de productos no perecederos tales devoluciones o cambios podrán efectuarse dentro de los 30 días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Cuando por cualquier medio una de las partes pretenda establecer un plazo menor, se entenderá vigente el de 30 días corridos.</p>
<p>Actualmente los establecimientos o comercios que vendieron ese bien pueden quedarse con una diferencia de precio y el consumidor que fue a cambiar el bien con el ticket de cambio se ve desprotegido al no contar con el ticket de compra. Estos casos suceden con mayor frecuencia cuando se realizan compras por regalos y el destinatario final, que no es el comprador, cuando va a realizar el cambio no tiene el ticket de compra contando únicamente con el ticket de cambio.</p>
<p><a href="http://ennotas.com/agip/32630-los-comercios-de-la-ciudad-deberan-respetar-el-valor-original-de-las-mercaderias/">Los comercios de la Ciudad deberán respetar el valor original de las mercaderías</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>Robaron más de 1 millón de dólares en joyas en el Festival de Cannes</title>
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		<pubDate>Fri, 17 May 2013 15:29:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Información General]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><p>Los delincuentes aprovecharon la noche para ingresar a una habitación de un hotel y llevarse las alhajas, que se cree, iban a ser presentadas por la prestigiosa firma suiza Chopard en la alfombra roja del festival de cine. Justamente, la prestigiosa joyería Chopard es una de las patrocinadoras oficiales del evento. Según las autoridades francesas, [...]</p></p><p><a href="http://ennotas.com/informacion-general/32625-robaron-mas-de-1-millon-de-dolares-en-joyas-en-el-festival-de-cannes/">Robaron más de 1 millón de dólares en joyas en el Festival de Cannes</a></p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://ennotas.com">En Notas</a></p><h2>Los delincuentes aprovecharon la noche para ingresar a una habitación de un hotel y llevarse las alhajas, que se cree, iban a ser presentadas por la prestigiosa firma suiza Chopard en la alfombra roja del festival de cine.</h2>
<p>Justamente, la prestigiosa joyería Chopard es una de las patrocinadoras oficiales del evento.</p>
<p>Según las autoridades francesas, los ladrones se ampararon en la nocturnidad para sustraer las joyas de una caja fuerte de la habitación de un hotel de la cadena Novotel, donde se alojaba un empleado de Chopard.</p>
<p>Télam</p>
<p><a href="http://ennotas.com/informacion-general/32625-robaron-mas-de-1-millon-de-dolares-en-joyas-en-el-festival-de-cannes/">Robaron más de 1 millón de dólares en joyas en el Festival de Cannes</a></p>]]></content:encoded>
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