ANSES refuerza el control a entidades que dan créditos a jubilados
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La semana pasada, ANSES dictó dos nuevas resoluciones que refuerzan las instancias de control de la operatoria de las entidades que otorgan préstamos a jubilados y pensionados, estableciendo mayores exigencias formales y efectuando nuevas verificaciones e inspecciones sobre cada uno de los créditos que se otorgan.
A través de estas normas, las entidades deben presentar ante ANSES, dentro de los 10 días hábiles y por cada operación crediticia que incorporen al sistema, la correspondiente documentación que la respalde. Asimismo, se establece como regla general que dichas operaciones se liquiden a través de la “cuenta sueldo de la seguridad social” del beneficiario.
Si no esto no ocurre, se aplicarán sanciones a las entidades que, de cualquier modo, infrinjan la normativa que reglamenta el funcionamiento del sistema de descuentos, introduciendo amplias facultades de verificación e inspección. Las sanciones pueden derivar en la inhabilitación a las entidades para operar el sistema, provocando la revocación de los convenios que pudieren encontrarse vigentes en tal sentido.











