La justicia obliga a una Prepaga cubrir el 100% del tratamiento de fertilización asistida
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Mediante el Fallo, se condena a una empresa de medicina Prepaga a otorgar el 100% de cobertura del tratamiento de fertilización asistida y de todas las prácticas médicas, honorarios y medicamentos necesarios, limitando dicha obligación al número de tres procedimientos de fecundación.
El tribunal entiende que si bien los tratamientos de fertilización asistida no se encuentran incluidos en el Plan Médico Obligatorio, tal ausencia no es obstáculo para su cobertura, puesto que el programa constituye un estándar esencial de protección y no una enumeración taxativa.
Por lo cual, hace lugar a la acción de amparo y ordena a la Prepaga a brindar la cobertura solicitada, pero limitada a tres (3) tratamientos de fecundación asistida mediante técnica ISIC, con los medicamentos y honorarios profesionales respectivos.











